El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones efectuará un nuevo pago de la prestación extraordinaria por cese de actividad el próximo 30 de abril:
- quienes recibieron el primer abono el pasado día 17 percibirán la parte proporcional del mes de abril (17 días),
- quienes tuvieron el reconocimiento posteriormente o lo tengan en los próximos días percibirán el equivalente a 47 días.
Datos. A fecha de 22 de abril, la Seguridad Social había recibido más de 1,154 millones de solicitudes (35,5% de los cotizantes). Hasta el día 21 de abril se habían resuelto favorablemente 1.039.598 prestaciones y se habían denegado 38.605, incluidas 3.685 desistidas. Hay todavía 76.722 pendientes de resolución.
Con el objetivo de facilitar la tramitación de esta prestación a los autónomos que aún no estuvieran adscritos a ninguna mutua, el martes pasado el Consejo de Ministros aprobó un Real decreto-ley que permite que lo puedan hacer para solicitarla.
Prestación extraordinaria. La prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos puede solicitarla cualquier trabajador/a por cuenta propia que se vea afectado por el cierre de su negocio debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación haya caído en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior. Más información
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