Iniciativa AIRE para la contratación de 19.000 andaluces: Requisitos y criterios de selección

El Consejo de Gobierno andaluz ha aprobado la iniciativa AIRE, para la Activación, Impulso y Recuperación del Empleo. El decreto ley establece, con carácter extraordinario y urgente, medidas en materia de empleo, que incluye la puesta en marcha de dicha Iniciativa.

La medida, que implica una inversión de 165 millones de euros y cuenta con financiación del Fondo Social Europeo y del Programa Operativo de Empleo Joven.

Iniciativa AIRE.

Objetivo. El objetivo de este programa es promover la creación de empleo en los municipios andaluces. Se fomentará la inserción laboral de personas desempleadas por parte de los ayuntamientos. Se pondrán en marcha proyectos que permitan mejorar la empleabilidad, al adquirir de experiencia laboral relacionada con una ocupación.

Proyectos. Los proyectos que se desarrollen tendrán una duración máxima de doce meses. Estarán dirigidos a paliar los efectos de la crisis sanitaria por Covid-19 en su municipio, facilitando el proceso de desescalada gradual de las medidas restrictivas de la movilidad y de la actividad económica. Los ayuntamientos recibirán la subvención en un pago único anticipado del 100% de la cuantía aprobada

Partida presupuestaria. La partida global prevista para la puesta en marcha de estas actuaciones se reparte de la siguiente manera: 63,2 millones de euros para la contratación de desempleados de entre 18 y 29 años, 59,6 millones para contratos a parados de 30 y 44 años, y 42,15 millones para mayores de 45 años parados de larga duración.

Contrataciones. La iniciativa AIRE permitirá la contratación, para la realización de los proyectos municipales, de alrededor de 19.000 personas desempleadas. La duración de los contratos será de entre 6 y 8 meses, a jornada completa, para lo que se destinarán los siguientes incentivos:

  • por cada contrato de seis meses mínimo de duración, de 11.700 euros (para la contratación de trabajadores pertenecientes al grupo 1 de cotización a la Seguridad Social) a los 8.880 euros (grupo 4 al 10 de cotización).
  • por cada mes que se amplíe el contrato sobre los seis meses iniciales, se incrementa el incentivo entre 1.950 euros al mes (grupo 1 de cotización) hasta los 1.480 (para los grupos 4 al 10 de cotización.

Orientación laboral. Las personas contratadas contarán con acciones de orientación a través del asesoramiento especializado por parte de profesionales del Servicio Andaluz de Empleo.

Inicio de las contrataciones. Una vez publicado en BOJA, los ayuntamientos disponen de quince días para presentar solicitudes; posteriormente, habrá un plazo de resolución de dos meses. El objetivo es que en septiembre se inicien los primeros proyectos.

¿Qué requisitos se exigen para ser contratados dentro de la iniciativa AIRE?

Las personas interesadas en ser contratadas por parte de los ayuntamientos deberán ser demandantes de empleo no ocupadas y cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Tener una edad comprendida entre los 18 y 29 años, y estar inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Edad entre 30 y 44 años.
  • Tener 45 o más años y ser desempleadas de larga duración.

¿Cómo se llevará a cabo la selección de los desempleados?

La selección de los desempleados se realizará mediante oferta de trabajo en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE). Una vez recibida dicha oferta, el SAE proporcionará a los ayuntamientos dos personas candidatas por cada puesto. Los criterios serán los siguientes:

Tendrán prioridad los desempleados residentes en el municipio que estén especialmente afectadas por la crisis sanitaria. Para determinar en el decreto esta preferencia, se ha establecido que se dé prioridad a aquellos desocupados que, sin haber sido contratados desde el 1 de marzo, sí tuvieron un contrato con carácter temporal en el periodo establecido desde el 1 de marzo al 30 de junio de 2018, o desde el 1 de marzo al 30 de junio de 2019, en las actividades de servicios de alojamiento (CNAE 55); servicios de comidas y bebidas (CNAE 56); actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos (CNAE 79); y actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento (CNAE 93).

También se han establecido como prioritarias aquellas contrataciones de

  • personas que no sean beneficiarias de ninguna prestación ni subsidio,
  • seguida de beneficiarios del ingreso por Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, perceptores de subsidios por desempleo, Renta Activa de Inserción (RAI), de Renta Agraria y, finalmente, personas beneficiarias de prestación contributiva por desempleo.
  • A continuación, desempleados residentes en el municipio de referencia, aplicando los mismos criterios de prelación anteriores.

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