Contratos en prácticas para el CSIC. Resolución del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), por la que se convoca proceso selectivo para la formalización de 126 contratos para Personal Técnico.
Si estás interesado/a en optar a uno de esos contratos, debes tener en cuenta:
- Las personas contratadas realizarán sus funciones en Institutos, Centros y Unidades del CSIC, todos ellos ubicados en la Comunidad de Madrid.
- El tipo de contrato que se formalizará será de la modalidad de contrato en prácticas, para la promoción de empleo joven e implantación de la Garantía Juvenil. Por ello, debes cumplir una serie de requisitos concretos (ver enlace al final de la página).
- En cuanto a la retribución brutal anual, ésta será de 22.872 euros durante el primer año y 28.590 euros durante el segundo año, para los Titulados Superiores; y de 19.000 euros durante los dos años, para los Técnicos Superiores.
Contratos
Se formalizarán 126 contratos de trabajo en la modalidad de prácticas, con destino en alguno de los institutos, centros o unidades del CSIC en la Comunidad de Madrid, con la finalidad de mejorar la formación y la empleabilidad de los/las destinatarios/as del Sistema Nacional de Garantía, distribuidos tal y como se indica a continuación:
- 78 Ayudantes de investigación. Titulado/a Superior de Actividades Técnicas y Profesionales.
- 48 Técnicos/as de Laboratorio. Técnico/a Superior de Actividades Técnicas y Profesionales.
Requisitos
Para poder participar en el proceso selectivo las personas participantes deberán cumplir en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias y en el momento de la formalización del contrato, los siguientes requisitos:
- Nacionalidad. Tener la nacionalidad española; Ser nacional de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea; Los cónyuges de las españolas y de las nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separadas de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separadas de derecho cuando sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes y vivan a su cargo; Las incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; Las extranjeras que no estando incluidas en los párrafos anteriores se encuentren en situación de residencia legal en España.
- Poseer la capacidad legal para contratar, de acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Titulación. Estar en posesión de la titulación académica concreta, tanto en la especialidad como en el nivel/grado de la misma, que se exija para cada contrato de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo I, así como de los requisitos indicados, en su caso. No haber sido contratada con anterioridad en virtud de contrato en prácticas ni en el CSIC ni en ninguna otra organización por un tiempo que sumado al del contrato que se formalice en virtud de esta Resolución supere el límite máximo establecido legalmente, salvo que la posible contratación se base en una titulación diferente.
- Estar inscrito/a en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Este requisito se acreditará mediante la presentación de la Resolución del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por la que se concede la inscripción en el fichero o la certificación emitida por el Órgano competente que acredite dicho extremo.
- No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
- A la fecha de formalización del contrato, el beneficiario no podrá haber cumplido la edad de 30 años.
- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. Los/las candidatos/as cuya nacionalidad no sea la española no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
- De conformidad con lo dispuesto en la Orden 110/2020, de 2 de julio, no haber estado vinculado/a laboralmente con el Consejo Superior de Investigaciones Científicas en la fecha de publicación de dicha orden (10 de julio de 2020).
Sistema selectivo
El sistema selectivo será el concurso. La puntuación máxima que se podrá otorgar por la valoración de los méritos será de 100 puntos y vendrá dada por la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados a valorar.
Solicitudes
Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán acceder a la aplicación electrónica habilitada al efecto en la página web del CSIC (http://sede.csic.gob.es), y cumplimentar el formulario de solicitud. Así mismo deberán escanear la documentación que a su juicio sea susceptible de valoración de conformidad con el contenido de la base 3 de la convocatoria, e introducirla en el apartado correspondiente a través de la página web mencionada.
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 28 de enero de 2021.