459 plazas para el Ministerio de Defensa: Militares de carrera (394) y Guardia Civil (65)

El Ministerio de Defensa convoca plazas de Militares de carrera y del Cuerpo de la Guardia Civil. Procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.

Oferta de plazas de Militares y Guardia Civil.

En total, se ofertas 459 plazas, distribuidas de la forma siguiente:

Ejército/Cuerpo/Especialidad fundamental

Sin exigencia (2020011)

Con exigencia (2020012)

Total

TIERRA

Militar de Carrera Cuerpo General.

216

216

ARMADA

Militar de Carrera Cuerpo General.

62

7

69

Militar de Complemento Cuerpo General.

3

3

Militar de Carrera del Cuerpo de Infantería de Marina.

17

5

22

Militar de Complemento del Cuerpo de Infantería de Marina.

2

2

AIRE.

Militar de Carrera Cuerpo General (Vuelo).

60

60

Militar de Carrera Cuerpo General (Defensa y Control Aéreo).

22

22

Cuerpo de la Guardia Civil.

65

65

Total.

420

39

459

Sistema de selección, para acceso a las plazas de Militares y Guardia Civil.

El sistema de selección que se utilizará en los distintos procesos que se convocan será el de concurso-oposición. Dichos procesos comenzarán con la publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de presentación en los centros docentes militares de formación de los aspirantes propuestos como alumnos.

Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, los aspirantes deberán reunir en las fechas indicadas y mantener hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación los siguientes requisitos:

  • Poseer la nacionalidad española.
  • Tener cumplidos, o cumplir en el año en curso, los 18 años de edad y no cumplir, ni haber cumplido en el año 2020, las siguientes edades máximas:
      • Ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria previa: 21 años.
      • Ingreso directo para adquirir la condición de militar de carrera con exigencia de titulación universitaria previa: 26 años, excepto los que aporten titulaciones de grado universitario igual o superior a 300 ECTS o titulaciones universitarias que figuren en el apartado 1.A.1.º del anexo II del Reglamento, que se establece en 27 años.
      • Ingreso directo para adquirir la condición de militar de complemento: 30 años.
  • No estar privado de los derechos civiles.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
  • No haber causado baja en un centro docente militar de formación por las razones establecidas en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
  • No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.
  • No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
  • En el caso de haber dado positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas, en la analítica que en el seno de un proceso de selección anterior le hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión.
  • Los solicitantes militares profesionales no deben haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes.
  • Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya denominación, composición y utilización se recoge en Ley.
  • Los alumnos de un centro docente militar de formación no podrán optar a las plazas del mismo Ejército/Cuerpo en el que cursan sus estudios y en el supuesto de optar a otro Cuerpo del mismo Ejército deberán reunir los requisitos exigidos, por el Centro Universitario correspondiente, para efectuar su matriculación.
  • El personal militar no debe tener anotadas con carácter firme en vía administrativa, en su historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.

Además, a fecha 31 de julio, las personas aspirantes deberán haber superado la prueba que se indiquen, o bien estar en posesión o en condiciones de poseer la correspondiente titulación en función del proceso de selección y de las plazas ofertadas en que solicite ser admitido:

  • En el caso de plazas sin exigencia de titulación universitaria previa:
      • Evaluación de Bachillerato para acceso a la Universidad (EvAU).
      • A los aspirantes que aporten la EvAU del año 2019 y se hayan presentado en 2020 a los exámenes convocados de la EvAU para subir la nota de admisión, solo se les tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en la convocatoria ordinaria.
  • En el caso de las plazas con exigencia de titulación universitaria previa: Las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, que vienen indicadas en las Bases.

Plazo de presentación de la solicitud de admisión al proceso de selección.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado»; del 5 de junio al 25 de junio de 2020.

Más información: BOE núm. 157, de 4 de junio de 2020

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