7 Bolsas de Profesores de Secundaria (Junta de Andalucía)

Resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria urgente a fin de cubrir posibles vacantes y sustituciones de diferentes especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Decreto-ley 26/2020, de 13 de octubre, por el que se establece una medida extraordinaria y urgente en el ámbito económico para facilitar ayudas a las pymes industriales afectadas por las consecuencias económicas de la pandemia SARS-CoV-2.

Requisitos generales

El personal participante en esta convocatoria deberá reunir los siguientes requisitos generales:

  • Tener nacionalidad española, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, etc.
  • Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.
  • No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el ejercicio de las funciones docentes del cuerpo y especialidad correspondientes.
  • Poseer la capacidad funcional y la competencia profesional adecuada para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad a cuya bolsa se pretende acceder.
  • No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
  • No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo al que se pretende acceder.
  • No haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.

Requisitos específicos

El personal participante en esta convocatoria deberá reunir los siguientes requisitos específicos:

  • Titulación. Estar en posesión de la titulación que acredita la cualificación para impartir la correspondiente especialidad, especificada en el Anexo III de la Orden 10 de junio de 2020, y que se acompaña como Anexo III a esta convocatoria.
  • Formación/Experiencia pedagógica. Estar en posesión del certificado de aptitud pedagógica, del título de especialización y didáctica o del título oficial de máster que acredite la formación pedagógica o didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o, en su defecto, tener experiencia docente durante dos cursos académicos completos, o 12 meses continuos o discontinuos, con anterioridad al 31 de agosto de 2009, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, del nivel educativo al que se pretende acceder; o en su caso, haber obtenido, con anterioridad al 1 de octubre de 2009, la Diplomatura en Magisterio o títulos anteriores declarados equivalentes a efectos de docencia, Licenciatura en Pedagogía o en Psicopedagogía, o Licenciatura o titulación equivalente que incluya formación pedagógica o didáctica; o bien, quienes con anterioridad a esta fecha estuvieran cursando una Diplomatura en Magisterio, una Licenciatura en Pedagogía o en Psicopedagogía y tuvieran cursados, al menos, 180 créditos de estas titulaciones.

No obstante, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto-ley 31/2020, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la educación no universitaria, en su artículo 2, y recogidas en el Decreto-ley 26/2020, de 13 de octubre, para la cobertura de estas plazas temporales, si se agotaran las listas de personas aspirantes a interinidad y que estén en posesión del título oficial de posgrado que acredite la formación pedagógica y didáctica, o formación equivalente, se podrá nombrar con carácter excepcional, como funcionarios interinos para estas plazas originadas por la pandemia de la COVID-19, a aquellos aspirantes a las especialidades propuestas que no cumplan con el requisito del título oficial de formación pedagógica y didáctica de posgrado o equivalente a que se refieren el artículo 100.2 y la disposición adicional novena de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, y la Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre.

Bolsas convocadas:

    1. FILOSOFÍA
    2. LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA
    3. MATEMÁTICAS
    4. FRANCÉS
    5. INGLÉS
    6. TECNOLOGÍA
    7. INFORMÁTICA

Solicitudes. Quienes participen en esta convocatoria, cumplimentarán la solicitud mediante un formulario que se facilitará a través del portal electrónico de la Consejería de Educación y Deporte.

Plazo. El plazo de presentación de solicitudes será, debido al carácter urgente de este procedimiento, de cinco días hábiles: del 17 al 23 de noviembre de 2020.

Más información: Bases de la convocatoria

4-||||||||||||||||||||||||||||||||