Ayudas de hasta 10.000 euros para la contratación de desempleados

La Junta de Andalucía pone en marcha una nueva línea de ayudas para la contratación de desempleados, para cooperativas y sociedades laborales.

Línea de ayudas.

Esta convocatoria tiene como objetivo fomentar el empleo estable, cualificado y de calidad en cooperativas y sociedades laborales, destinando ayudas de entre 3.000 y 10.000 euros por cada contrato indefinido que se realice a personas en situación de desempleo. La actual línea de ayudas contempla dos medidas:

  1. Apoyar la incorporación como personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de cualquier persona desempleada.
  2. Promover la contratación laboral de trabajadores para el desempeño de funciones gerenciales o directivas, o de funciones relacionadas con las distintas áreas de actividad en cooperativas y sociedades laborales, con el fin de favorecer la profesionalización de las mismas como factor clave para mantener y mejorar su posición competitiva en el mercado.

Características.

Para ambas medidas contempladas en esta línea de subvenciones para el empleo, se subvencionará las contrataciones que se hayan formalizado entre el 1 de octubre de 2019 y el último día de plazo de presentación de las solicitudes. Con respecto al calendario de pagos, la Orden fija para la Línea 1 de subvenciones un único pago del 100% una vez que la entidad beneficiaria remita la documentación acreditativa de las contrataciones efectuadas.

Solicitudes.

Se trata de una línea de ayudas en régimen de concurrencia competitiva que estará vigente hasta el próximo 30 de septiembre, y a la que podrán concurrir todas aquellas cooperativas y sociedades laborales inscritas en Andalucía en sus respectivos registros, con fecha anterior a la solicitud de la subvención. Los formularios de solicitud pueden obtenerse en la dirección juntadeandalucia.es/servicios y deberán presentarse preferentemente en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, al que se accede a través de la misma dirección.

Cuantías de las Ayudas para la contratación de desempleados.

Apoyo a la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo. Incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de nueva constitución o ya preexistentes. En este último caso, la incorporación deberá suponer un incremento del empleo respecto de la media de los doce meses anteriores a la fecha de incorporación de las nuevas personas socias.

  • La cuantía de esta subvención será, por cada persona que se incorpore como socia trabajadora o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral a jornada completa, de un mínimo de 4.000 euros, que podrá incrementarse a 5.500 euros en el caso de contratar a un hombre y de 7.000 euros en el caso de contratar a una mujer, si cumple con algunos de los requisitos establecidos en la Orden de 6 de junio de 2014, que regula la presente convocatoria, y que da prioridad, entre otros a menores de 25 años que no hayan tenido antes ningún contrato indefinido, y a personas desempleadas de más de 45 años.
  • Además, podrá ascender a 8.000 euros si la persona contratada pertenece a un colectivo de exclusión social, y a 10.000 euros si se trata de personas con discapacidad igual o superior al 33%.

En todos los casos, las personas desempleadas deberán estar inscritas el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) como demandantes de empleo, y no podrán haber ostentado la condición de socias trabajadoras o de trabajo en la empresa solicitante en los dos años anteriores a su incorporación.

Apoyo a la contratación de gerentes y personal técnico especializado. Contratación laboral para el desempeño de funciones gerenciales o directivas, o relacionadas con las distintas áreas de actividad en cooperativas y sociedades laborales, con el fin de favorecer la profesionalización de las mismas como factor clave para mantener y mejorar su posición competitiva en el mercado.

  • La cuantía de esta subvención será, por cada persona contratada a jornada completa, de 10.000 euros, o bien de 3.000 en el caso de que la contratación no sea para funciones gerenciales o directivas, pero se realiza en virtud de un compromiso adoptado en un convenio o acuerdo de colaboración relativo a prácticas profesionales no laborales.

Las personas que se contraten deberán estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el SAE, y no podrán haber tenido una vinculación laboral, ni haber tenido la condición de persona socia, persona socia trabajadora o de trabajo en la misma empresa de economía social que solicita la subvención en los dos años inmediatamente anteriores a la formalización del contrato. Además, las personas que se contraten para desempeñar funciones gerenciales o directivas deberán acreditar formación en dirección de empresas o experiencia profesional en este tipo de funciones durante un periodo no inferior a doce meses a lo largo de su vida profesional.

Más información, Ayudas contratación desempleados.

Subvenciones correspondientes a la Línea 1: Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales, del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.

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