Desde principios del mes de abril, el Gobierno trabaja en un Ingreso Mínimo Vital Puente al que tendrían derecho las personas más vulnerables. Una renta de carácter temporal, decían, para hacer frente a los efectos de la crisis, hasta que se pueda aprobar una definitiva renta mínima definitiva. Ingreso Mínimo Vital de 500 euros por persona y hasta 180 por hijo
A finales de ese mismo mes, a través de las entrevistas concedidas y ruedas de prensa dadas por los diferentes ministros, se empezó a conocer quiénes serían beneficiarios, si sería incompatible con otras ayudas, como se controlaría, etc. ¿Cómo será el Ingreso Mínimo Vital?
Ahora, según el borrador íntegro del Decreto, al que ha tenido acceso el periódico ‘El Mundo‘, sabemos más cosas. Ante todo, el Gobierno entiende este ingreso vital como una medida de choque contra las consecuencias de la pandemia, por lo que no se mantendrá una vez superada la crisis.
- Cuantía de las ayudas. Esta ayuda económica oscilará entre 462 y 1.015 euros por familia.
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- Una renta base de 462 euros, que aumentará en el caso de familias con hijos, donde se podrá alcanzar una cantidad máxima de 1.015 euros mensuales.
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- Personas destinatarias. Se destinará al 20% de la población en situación de «pobreza severa».
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- No se concederá a las personas de manera individual, se destina a la «unidad de convicencia», a las familias al completo.
- Personas mayores de 23 años, sin ingresos y sin vivienda en propiedad.
- Las familias que tengan una vivienda en propiedad valorada en más de 100.000 euros no podrán acceder a esta ayuda, aunque carezcan de ingresos.
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- Para poder acceder a esta renta, se tomarán como referencia de ingresos los de 2019.
- Los requisitos fundamentales, por tanto, para tener derecho a este ingreso mínimo vital, serán la renta y la búsqueda de empleo.
- Solicitudes. Se podrá solicitar desde junio.