2 plazas de Administrativo/a y Bolsa de empleo (Ayto. de Alcalá la Real – Jaén)

Resolución del Ayuntamiento de Alcalá la Real (Jaén), referente a la convocatoria para proveer 2 plazas de Administrativo, pertenecientes a la escala de Administración General, subescala Administrativa, subgrupo C1, mediante el sistema de oposición, en turno libre.

Titulación requerida. Las personas aspirantes deberán estar en posesión del título de Bachiller o Técnico (Formación Profesional de segundo grado o Formación Profesional de grado medio) o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

Solicitud. Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alcalá la Real o por los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación necesaria. Junto a la solicitud, se deberá presentar la siguiente documentación: Fotocopia del DNI, Fotocopia del título académico exigido y Resguardo que acredite haber pagado la tasa por participación (28,45 euros).  Además, en el caso de aspirantes con alguna discapacidad igual o superior al 33% que precisen adaptación de tiempo y/o medios deberán indicarlo en la solicitud, acompañando certificación.

Plazo: hasta el 6 de febrero de 2020.

Proceso de selección. El sistema de selección será el de oposición libre y constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

      1. Primer ejercicio. Consistirá en la realización de una batería de 50 preguntas tipo test sobre las Materias Comunes del programa anexo.
      2. Segundo ejercicio. Consistirá en el desarrollo de dos temas a elegir por la/el aspirante, entre los tres propuestos por el tribunal en relación a las Materias Específicas del Programa.
      3. Tercer ejercicio. Consistirá en la realización de un supuesto práctico a elegir por la/el aspirante, entre dos propuestos por el Tribunal o bien la realización de un supuesto planteado con respuestas cortas o alternativas, relacionados con las Materias Específicas del Programa incluido como Anexo.

Bolsa de empleo. El Tribunal de selección podrá declarar aprobados un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas, a los efectos de formar una bolsa de empleo con aquellos aspirantes que hayan superado la oposición, relacionados por orden de prelación de máxima puntuación, a los efectos de la provisión de nombramientos de funcionarios interinos para los casos que legalmente procedan. La bolsa de empleo tendrá una vigencia de tres años.

Más información: Bases de la convocatoria

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