Resolución del Ayuntamiento de Alcalá la Real (Jaén), referente a la convocatoria para proveer 2 plazas de Administrativo, pertenecientes a la escala de Administración General, subescala Administrativa, subgrupo C1, mediante el sistema de oposición, en turno libre.
Titulación requerida. Las personas aspirantes deberán estar en posesión del título de Bachiller o Técnico (Formación Profesional de segundo grado o Formación Profesional de grado medio) o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
Solicitud. Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alcalá la Real o por los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación necesaria. Junto a la solicitud, se deberá presentar la siguiente documentación: Fotocopia del DNI, Fotocopia del título académico exigido y Resguardo que acredite haber pagado la tasa por participación (28,45 euros). Además, en el caso de aspirantes con alguna discapacidad igual o superior al 33% que precisen adaptación de tiempo y/o medios deberán indicarlo en la solicitud, acompañando certificación.
Plazo: hasta el 6 de febrero de 2020.
Proceso de selección. El sistema de selección será el de oposición libre y constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:
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- Primer ejercicio. Consistirá en la realización de una batería de 50 preguntas tipo test sobre las Materias Comunes del programa anexo.
- Segundo ejercicio. Consistirá en el desarrollo de dos temas a elegir por la/el aspirante, entre los tres propuestos por el tribunal en relación a las Materias Específicas del Programa.
- Tercer ejercicio. Consistirá en la realización de un supuesto práctico a elegir por la/el aspirante, entre dos propuestos por el Tribunal o bien la realización de un supuesto planteado con respuestas cortas o alternativas, relacionados con las Materias Específicas del Programa incluido como Anexo.
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Bolsa de empleo. El Tribunal de selección podrá declarar aprobados un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas, a los efectos de formar una bolsa de empleo con aquellos aspirantes que hayan superado la oposición, relacionados por orden de prelación de máxima puntuación, a los efectos de la provisión de nombramientos de funcionarios interinos para los casos que legalmente procedan. La bolsa de empleo tendrá una vigencia de tres años.
Más información: Bases de la convocatoria