El Ayuntamiento de La Línea de la Concepción ha aprobado las bases que rigen el proceso selectivo para la provisión en propiedad de las siete plazas de funcionarios/as de carrera de dicha entidad, que a continuación se relacionan:
1 plaza de Asesor/a Jurídico/a.
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- Titulación: Grado o Licenciatura en Derecho.
- Proceso selectivo: sistema oposición en turno libre.
- Plazo de presentación de solicitudes: veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
- Bases de la convocatoria
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1 plaza de Administrativo/a.
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- Titulación: Bachiller o técnico o equivalente.
- Proceso selectivo: sistema oposición en turno libre.
- Plazo de presentación de solicitudes: veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
- Bases de la convocatoria
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2 plazas de Auxiliar Administrativo/a.
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- Titulación: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
- Proceso selectivo: sistema oposición en turno libre.
- Plazo de presentación de solicitudes: veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
- Bases de la convocatoria
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2 plazas de Conserje.
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- Titulación: Bachiller o técnico o equivalente.
- Proceso selectivo: sistema oposición en turno libre.
- Plazo de presentación de solicitudes: veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
- Bases de la convocatoria
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1 plaza de Técnico/a de Gestión.
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- Titulación: Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
- Proceso selectivo: sistema oposición en turno libre.
- Plazo de presentación de solicitudes: veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
- Bases de la convocatoria
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ATENCIÓN: La convocatoria aún no ha sido publicada en BOE; además, hay que tener en cuenta que, de conformidad con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en vigor desde el mismo 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de crisis sanitaria por el COVID-19, se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia dicho real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo (aplicable a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).